Buenas tardes,
Voy a plantear un caso un tanto especial pero al mismo tiempo real como la vida misma.
La empresa en cuestión ha tenido hasta hace pocos días un comercial trabajando en la misma. Por desgracia esta persona ha fallecido en accidente pero ha dejado un tema peliagudo, como digo.
Dicho representante había cobrado en efectivo una serie de facturas que, de cara a la empresa estaban pendientes. El dinero no aparece y los clientes acreditan los pagos de dichas facturas. El importe asciende a un montante importante (unos 20.000 €).
En realidad, el representante cobró estas facturas pero no liquidó con la empresa.
Desde el punto de vista contable, Qué tratamiento se debería dar a esta partida ? NO están pendientes, pero tampoco podemos dar por cobradas pues ese dinero no ha entrado en la caja de la empresa.
Alguien que proponga algún tratamiento lógico,
Agradezco de antemano.
Contabilidad España: FACTURAS COBRADAS PERO NO INGRESADAS !
Moderador: Contabilidad
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Re: FACTURAS COBRADAS PERO NO INGRESADAS !
Con independencia la solución jurídica que corresponda al caso, contablemente yo regularizaría a través del Patrimonio Neto (cuenta 113), si a la empresa le consta fehacientemente el cobro de las facturas. Una de ellas, podría ser un simple recibo que tuviesen en su poder los clientes de haber pagado...Amén, quizás de alguna otra...
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
* No estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo. (El otro, Voltaire).- Eso si, siempre con respeto...
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- DATAKON
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Re: FACTURAS COBRADAS PERO NO INGRESADAS !
Así es la culpa es de ello... y es como tu dices
- blancoynegroo
- Posts: 2
- Registrado: 27/03/2019 16:01
Re: FACTURAS COBRADAS PERO NO INGRESADAS !
Por supuesto, a los clientes ya na se le podría reclamar.
Ahora quedaría la parte jurídica del caso. Si quien fuese (me refiero a alguien con poder legal), admitiese que efectivamente ese dinero era portador el comercial, y que no tuvo ocasión u oportunidad de entregarlo a la empresa por fallecimiento, desvinculando de cualquier tipo de responsabilidad a sus herederos, es mu probable que Hacienda admitiese un gasto implícito, por causas de fuerza mayor, ajena a la empresa. Y por tanto, que esta lo considerase como gasto deducible.
Es un pensamiento personal....
En caso contrario, gasto contable únicamente. Regularización a través de la cuenta 113, sin aplicación efecto impositivo. O si se quiere, a través de la cuenta explotación (678), pero llevando a cabo un ajuste fiscal en el mod.200, si la empresa prefiere consignar la actuación como decisión tomada en el ejercicio en curso.
Ahora quedaría la parte jurídica del caso. Si quien fuese (me refiero a alguien con poder legal), admitiese que efectivamente ese dinero era portador el comercial, y que no tuvo ocasión u oportunidad de entregarlo a la empresa por fallecimiento, desvinculando de cualquier tipo de responsabilidad a sus herederos, es mu probable que Hacienda admitiese un gasto implícito, por causas de fuerza mayor, ajena a la empresa. Y por tanto, que esta lo considerase como gasto deducible.
Es un pensamiento personal....
En caso contrario, gasto contable únicamente. Regularización a través de la cuenta 113, sin aplicación efecto impositivo. O si se quiere, a través de la cuenta explotación (678), pero llevando a cabo un ajuste fiscal en el mod.200, si la empresa prefiere consignar la actuación como decisión tomada en el ejercicio en curso.
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- DATAKON
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