Buenos días
Quería saber si se puede hacer una cosa, y logicamente, si viene avalado por alguna ley.
Un trabajador quiere que le descuenten de su nomina el renting (que va a contratar y pagar la empresa) de tal forma que si cobra 100.000 € anuales, se le descuente del mismo el importe del renting que se paga mes a mes . COmo retribucion en especie aparecería el importe del vehiculo, pero lo que iría "flexible" sería la cuota mensual, que se quitaría de la base de tributacion.
¿ Se puede hacer?
Muchas gracias de antemano.
Laboral y Seguridad Social: RENTING FLEXIBLE
Moderador: Laboral y Seguridad Social
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Re: RENTING FLEXIBLE
Buenos días
¿ Ninguna idea? No sé donde mirar....
¿ Ninguna idea? No sé donde mirar....
- estherlaura
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- Registrado: 28/09/2011 11:46
Re: RENTING FLEXIBLE
Entiendo que en principio, el vehículo figurará a nombre de la empresa, aunque lo utilizaría el trabajador personalmente al 100%. Las cuotas del renting (que girarán como es lógico a nombre de la misma) las irá atendiendo ésta. A reglón seguido, la empresa irá cargando en nomina al trabajador la cantidad que estime oportuna (cuotas flexibles, según manifiestas), en concepto de retribución en especie, por el uso personal del vehiculo. Cuando el vehiculo se encuentre totalmente pagado (incluida la cuota residual), se llevaría a cabo un traspaso a nombre del trabajador.
¿Es así mas o menos?....Si fuese así, solo veo una duda: Como habría que considerar esa flexibilidad cara a Hacienda, como importe minimo.
Y una pregunta. ¿No le interesaría mas al trabajador que la empresa realizara un préstamo personal a éste (con lo que el vehiculo figuraria desde un principio a su nombre), cuyas cuotas de amortización se irían cargando en nómina, por el plazo que ambos estimasen oportuno.?. ¿Qué ventajas existen pa el trabajador que la empresa asumiera de principio un renting?. ¿Habeis hechao números sobre un sistema u otro?.
¿Es así mas o menos?....Si fuese así, solo veo una duda: Como habría que considerar esa flexibilidad cara a Hacienda, como importe minimo.
Y una pregunta. ¿No le interesaría mas al trabajador que la empresa realizara un préstamo personal a éste (con lo que el vehiculo figuraria desde un principio a su nombre), cuyas cuotas de amortización se irían cargando en nómina, por el plazo que ambos estimasen oportuno.?. ¿Qué ventajas existen pa el trabajador que la empresa asumiera de principio un renting?. ¿Habeis hechao números sobre un sistema u otro?.
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
* No estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo. (El otro, Voltaire).- Eso si, siempre con respeto...
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- DATAKON
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Re: RENTING FLEXIBLE
Hola Datakon
Lo primero muchas gracias por la respuesta.
Lo que quieren es minorar la base de tributacion en el importe de la cuota, y solo cargarle a este como retribucion en especie el coche (minorando dicho importe del dinerario) ASí el trabajador no tributaría por la cuota de renting,
Te pongo un cuadro:
DATOS
Valor Vehículo 50.000,00
Imputación en especie anual 10.000,00
Cuotas renting anual 5.400,00
y otro:
Salario sin vehiculo Salario con vehiculo
Salario 100.000,00 84.600,00
retrib especie - 10.000,00
Total retribución 100.000,00 94.600,00
Así se supone que tributaria por 5.400 € anuales menos el trabajador...
¿ Me he explcado bien? Esto es legal???
Lo primero muchas gracias por la respuesta.
Lo que quieren es minorar la base de tributacion en el importe de la cuota, y solo cargarle a este como retribucion en especie el coche (minorando dicho importe del dinerario) ASí el trabajador no tributaría por la cuota de renting,
Te pongo un cuadro:
DATOS
Valor Vehículo 50.000,00
Imputación en especie anual 10.000,00
Cuotas renting anual 5.400,00
y otro:
Salario sin vehiculo Salario con vehiculo
Salario 100.000,00 84.600,00
retrib especie - 10.000,00
Total retribución 100.000,00 94.600,00
Así se supone que tributaria por 5.400 € anuales menos el trabajador...
¿ Me he explcado bien? Esto es legal???
- estherlaura
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- Registrado: 28/09/2011 11:46
Re: RENTING FLEXIBLE
Buenos días
DAtakon, ¿ Pudiste echarle un vistazo??
Gracias de antemano.
DAtakon, ¿ Pudiste echarle un vistazo??
Gracias de antemano.
- estherlaura
- Posts: 440
- Registrado: 28/09/2011 11:46
Re: RENTING FLEXIBLE
estherlaura escribió:Buenos días
DAtakon, ¿ Pudiste echarle un vistazo??
Gracias de antemano.
¿A qué?...
Deduzco que el renting está a nombre de la empresa. Si el trabajador lo va a utilizar exclusivamente pa su uso personal, es lo que no entiendo ésta "maniobra". Nunca será el coche suyo, salvo que al final, se lleve a cabo una tranbsferencia de la empresa al trabajador, una vez pagado totalmente el renting. Esto es lo que no entiendo, porqué no se lleva en su lugar mejor un préstamo de la empresa al trabajador.
El valor y las condiciones de cargo al trabajador por el uso exclusivo, personal, de un vehiculo a cualquier trabajador, ya se definen en la legislación del IRPF, creo recordar.
Última edición por DATAKON el 10/04/2019 12:38, editado 1 vez en total
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- DATAKON
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Re: RENTING FLEXIBLE
Al ejemplo que te puse el otro día, si es legal y correcto o no.
- estherlaura
- Posts: 440
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Re: RENTING FLEXIBLE
Nos hemos cruzado. Analiza mi último aporte.
Art.43. IRPF
b) En el caso de la utilización o entrega de vehículos automóviles:
En el supuesto de entrega, el coste de adquisición para el pagador, incluidos los tributos que graven la operación.
En el supuesto de uso, el 20 por ciento anual del coste a que se refiere el párrafo anterior. En caso de que el vehículo no sea propiedad del pagador, dicho porcentaje se aplicará sobre el valor de mercado que correspondería al vehículo si fuese nuevo.
La valoración resultante de lo previsto en el párrafo anterior se podrá reducir hasta en un 30 por ciento cuando se trate de vehículos considerados eficientes energéticamente, en los términos y condiciones que se determinen reglamentariamente.
En el supuesto de uso y posterior entrega, la valoración de esta última se efectuará teniendo en cuenta la valoración resultante del uso anterior.
No pudiendo superar el salrio en especie mas del 30% en relación con el salario base (Estatuto Trabajadores)
Art.43. IRPF
b) En el caso de la utilización o entrega de vehículos automóviles:
En el supuesto de entrega, el coste de adquisición para el pagador, incluidos los tributos que graven la operación.
En el supuesto de uso, el 20 por ciento anual del coste a que se refiere el párrafo anterior. En caso de que el vehículo no sea propiedad del pagador, dicho porcentaje se aplicará sobre el valor de mercado que correspondería al vehículo si fuese nuevo.
La valoración resultante de lo previsto en el párrafo anterior se podrá reducir hasta en un 30 por ciento cuando se trate de vehículos considerados eficientes energéticamente, en los términos y condiciones que se determinen reglamentariamente.
En el supuesto de uso y posterior entrega, la valoración de esta última se efectuará teniendo en cuenta la valoración resultante del uso anterior.
No pudiendo superar el salrio en especie mas del 30% en relación con el salario base (Estatuto Trabajadores)
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- DATAKON
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- Registrado: 09/03/2008 11:46
Re: RENTING FLEXIBLE
Queria mejor decir que ese 30% es en relación al total de las percepciones que pudiese percibir el trabajador (Art.26 ET).
Por lo demás, con respecto a tu petición de opinión por mi parte, me remito a la legislación existente, como es lógico.
Por lo demás, con respecto a tu petición de opinión por mi parte, me remito a la legislación existente, como es lógico.
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- DATAKON
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- Registrado: 09/03/2008 11:46
Re: RENTING FLEXIBLE
Está claro Datakon, muchisimas gracias¡¡¡¡
- estherlaura
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- Registrado: 28/09/2011 11:46
Re: RENTING FLEXIBLE
Hola estherlaura...
Mira que eres agradecida...
Te facilito una consulta vinculante
https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-vinculante-dgt-v0949-18-11-04-2018-1476366
Y para complicarte un poquito la vida. Echa un vistazo a la consulta V3216-18 que Rober facilitó en su día..
Mucha suerte. Saludos
Mira que eres agradecida...
Te facilito una consulta vinculante
https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-vinculante-dgt-v0949-18-11-04-2018-1476366
Y para complicarte un poquito la vida. Echa un vistazo a la consulta V3216-18 que Rober facilitó en su día..
Mucha suerte. Saludos
Juan Soto Ivars: "Si intentas enseñar a pensar a un burro, pierdes el tiempo y cabreas al burro"
Montaigne, "Me es imposible tratar de buena fe con un tonto, porque bajo su influjo no sólo se corrompe mi juicio, sino también mi conciencia”
Montaigne, "Me es imposible tratar de buena fe con un tonto, porque bajo su influjo no sólo se corrompe mi juicio, sino también mi conciencia”
- Sonotone
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- Registrado: 23/04/2018 14:43
Re: RENTING FLEXIBLE
Buenos días SOnotone
Muchisimas gracias¡¡ He tenido que salir de viaje y acabo de ver tu correo....En un ratito me la leo.
Mil gracias de nuevo.
Muchisimas gracias¡¡ He tenido que salir de viaje y acabo de ver tu correo....En un ratito me la leo.
Mil gracias de nuevo.
- estherlaura
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- Registrado: 28/09/2011 11:46
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