Buenos días,
Un conocido es dueño y director de una pequeña empresa y está disponible las 24 horas del día para cualquier asunto. Se trata de una residencia de ancianos y él es médico. Si algún anciano necesita ir al hospital, él lo acompaña; si hay algún fallecimiento, él se encarga de todos los trámites; cosas por el estilo que pueden ocurrir en cualquier momento del día, incluso de madrugada. También se encarga por las mañanas de ir a la farmacia, hacer la compra y otros trámites.
Además, va todos los días (incluso fines de semana) después del mediodía hasta la hora de cenar, para ayudar con las tareas a las auxiliares, tratar con familiares, ...
Lo que ocurre es que una inspectora de trabajo le ha exigido presentar un horario de 8 horas para justificar su trabajo.
Mi pregunta es: ¿Es necesario como dueño y director con disponibilidad de 24 horas presentar ante Inspección un horario de 8?
Laboral y Seguridad Social: Inspección exige un horario de 8 horas
Moderador: Laboral y Seguridad Social
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