Hola buenas tardes, a ver si me podéis ayudar:
Tengo un cliente que es administrador de una SLU ( Actividad empresarial) y percibe un liquido de 637 euros y además trabajar una par de días en una empresa externa, totalmente distinata y cobra unos 800 euros.
( son empresas distintas), una es su empresa y otra es una empresa externa.....
La empresa que lo tiene contratado le hace un embargo de 19,42 euros --< Eso es correcto xk supera
" El mínimo inembargable mensual en 2018 es 735,90 €"
Mi pregunta es, la nomina como trabajador de la sl ( cobra por trabajo no como retribución de administrador) es de 637 euros. Debería embargarle..? es que no se si para el embargo hay que hacer el computo de las 2
Muchas gracias
Laboral y Seguridad Social: DUDA EMBARGO NOMINA
Moderador: Laboral y Seguridad Social
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