Laboral y Seguridad Social: ¿Las vacaciones pueden empezar en festivos?

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¿Las vacaciones pueden empezar en festivos?

Notapor empleado987 » 30/11/2017 13:26

He buscado en Google y encuentro que dicen que las vacaciones no pueden empezar en festivo (o domingo), pero buscando en el código laboral del BOE no encuentro la ley que respalda esto. ¿Alguien podría decirme donde figura que así sea para poder aportarlo?
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Re: ¿Las vacacion pueden empezar en festivos?

Notapor nikki_sp » 05/12/2017 01:00

no, no pueden por sentido comun.

el festivo es un dia de descanso por definicion, las vacaciones son dias de trabajo, donde el trabajador no va a trabajar por descanso.

y en fin de semana no pueden empezar las vacaciones por ser el descanso retribuido devengado de lunes a viernes.
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Re: ¿Las vacacion pueden empezar en festivos?

Notapor nikki_sp » 05/12/2017 01:00

no, no pueden por sentido comun.

el festivo es un dia de descanso por definicion, las vacaciones son dias de trabajo, donde el trabajador no va a trabajar por descanso.

y en fin de semana no pueden empezar las vacaciones por ser el descanso retribuido devengado de lunes a viernes.
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Re: ¿Las vacaciones pueden empezar en festivos?

Notapor Dan_RP » 19/12/2017 13:55

Las Vacaciones jamás comenzaran en un día festivo o no laboral... partiendo de esta base, tendremos que tener en cuenta lo siguiente:

- Si las Vacaciones vinieran establecidas (o se acordaran) por días laborales naturalmente sólo computarían aquellos días con naturaleza laboral que disfrutara el operario.

- Si las Vacaciones vinieran establecidas por días naturales (que es lo más usual) las mismas se deberán computar desde el primer día de ausencia al puesto de trabajo al día anterior a la incorporación al mismo-> Es decir, nunca podrán comenzar a computarse un día no laboral (Domingo, Festivo... o Sábado si la empresa no trabajase habitualmente los Sábados) y se computaran los mismos si se incorpora el operario, por ejemplo, un Lunes o el día posterior a un día Festivo.

Ej. aclaratorio-> Este año el Día 25 de Diciembre cae en Lunes... pues si un operario cogiera Vacaciones la semana anterior le computarían los días 18 a 25 y estaría ausente al puesto de trabajo del 16 al 25 (el 16 y 17 son Sábado y Domingo previos al disfrute... y el 25, pese a su condición de Festivo, computa como Vacaciones al estar incluido dentro del periodo disfrutado).
El mundo es bello, pero tiene un defecto llamado Humanidad
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