Hola, me quiero dar de alta en la seguridad social como autónomo. Que pasos tengo que dar, supongo que las altas las lleva la Tesorería de la Seg. Social???? Que tramites tengo que hacer, qué documentación me van a pedir.
Supongo que me daran un firma electrónica para gestionar mis asunto con la seguridad social?
Gracias,
Joseca
Emprendedores: Alta Seg. Social como autónomo...
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Re: Alta Seg. Social como autónomo...
Hola Joseca, soy Andrés Muñoz Valdés y te hablo en nombre de nuestro Bufete de Abogados:
Los trámites necesarios para darse de alta como autónomo son:
• El trámite mínimo comprende el alta en hacienda y en la seguridad social. (presentación de modelos).
• En el caso de que vayas a abrir un local o establecimiento, también tendrás que tramitar en el Ayuntamiento la licencia de apertura, y si fueras a realizar obras de mejora o acondicionamiento, la licencia de obras.
• También deberás comunicar al organismo de tu CCAA competente la apertura del centro de trabajo. Ya no es obligatorio legalizar el libro de visitas ante la inspección de trabajo.
• En el caso de que fueras a contratar algún trabajador deberás realizar una serie de trámites adicionales
El primer trámite que debes realizar es darte de alta en Hacienda antes de iniciar tu actividad. Para ello debes de presentar la declaración censal (modelos 036 y 037), en la que aportas tus datos personales, la actividad que vas a realizar, la ubicación de tu negocio y los impuestos que tendrás que pagar.
En un plazo de 60 días antes del inicio de actividad deberás darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Antes del 1 de enero de 2018 el criterio de Seguridad era otro bien distinto: el autónomo contaba con 30 días naturales de margen para gestionar el alta en el RETA a partir de su alta en Hacienda.
Para ello tendrás que presentar el modelo TA0521 en alguna de las administraciones de la Seguridad Social junto con fotocopia del DNI o equivalente y fotocopia del alta en Hacienda. En el caso de una comunidad de bienes, deberás aportar copia del contrato suscrito entre los socios comuneros, y si te das de alta como socio de una sociedad, original y copia del documento de constitución de la sociedad.
En cuanto a la firma digital, imagino que debes referirte al Certificado Digital que su obtención debe de realizarse mediante solicitud a la Fabrica de la Moneda y Timbre vía telemática y una vez obtenido el Código (dentro de la solicitud telemática deberás escoger la opción que quieras, diferenciando si eres persona física o jurídica), debes de acudir a Hacienda para obtener el Certificado.
Es importante que sepas que es un trámite personalísimo. Esperamos que te haya servido la información.
Si te surgen más dudas, en nuestro Bufete estaremos encantados de ayudarte. Tenemos una sección de emprendedores http://www.munozabogadosalicante.es/abogados-empresa/creacion-de-empresas/
Saludos,
Andrés Muñoz Valdés
Abogado
www.munozabogadosalicante.es
Los trámites necesarios para darse de alta como autónomo son:
• El trámite mínimo comprende el alta en hacienda y en la seguridad social. (presentación de modelos).
• En el caso de que vayas a abrir un local o establecimiento, también tendrás que tramitar en el Ayuntamiento la licencia de apertura, y si fueras a realizar obras de mejora o acondicionamiento, la licencia de obras.
• También deberás comunicar al organismo de tu CCAA competente la apertura del centro de trabajo. Ya no es obligatorio legalizar el libro de visitas ante la inspección de trabajo.
• En el caso de que fueras a contratar algún trabajador deberás realizar una serie de trámites adicionales
El primer trámite que debes realizar es darte de alta en Hacienda antes de iniciar tu actividad. Para ello debes de presentar la declaración censal (modelos 036 y 037), en la que aportas tus datos personales, la actividad que vas a realizar, la ubicación de tu negocio y los impuestos que tendrás que pagar.
En un plazo de 60 días antes del inicio de actividad deberás darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Antes del 1 de enero de 2018 el criterio de Seguridad era otro bien distinto: el autónomo contaba con 30 días naturales de margen para gestionar el alta en el RETA a partir de su alta en Hacienda.
Para ello tendrás que presentar el modelo TA0521 en alguna de las administraciones de la Seguridad Social junto con fotocopia del DNI o equivalente y fotocopia del alta en Hacienda. En el caso de una comunidad de bienes, deberás aportar copia del contrato suscrito entre los socios comuneros, y si te das de alta como socio de una sociedad, original y copia del documento de constitución de la sociedad.
En cuanto a la firma digital, imagino que debes referirte al Certificado Digital que su obtención debe de realizarse mediante solicitud a la Fabrica de la Moneda y Timbre vía telemática y una vez obtenido el Código (dentro de la solicitud telemática deberás escoger la opción que quieras, diferenciando si eres persona física o jurídica), debes de acudir a Hacienda para obtener el Certificado.
Es importante que sepas que es un trámite personalísimo. Esperamos que te haya servido la información.
Si te surgen más dudas, en nuestro Bufete estaremos encantados de ayudarte. Tenemos una sección de emprendedores http://www.munozabogadosalicante.es/abogados-empresa/creacion-de-empresas/
Saludos,
Andrés Muñoz Valdés
Abogado
www.munozabogadosalicante.es
- Andrés Muñoz
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Re: Alta Seg. Social como autónomo...
¿Gratis o sin pagar?....
Es que en éste Foro, unas veces es lo primero, y otras lo segundo....A elegir....Y con facilidades...
Es que en éste Foro, unas veces es lo primero, y otras lo segundo....A elegir....Y con facilidades...
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
* No estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo. (El otro, Voltaire).- Eso si, siempre con respeto...
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- DATAKON
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- Registrado: 09/03/2008 11:46
Re: Alta Seg. Social como autónomo...
Hola Datakon,
¿Te refieres al alta en la Seguridad Social?
Saludos,
Andrés Muñoz.
¿Te refieres al alta en la Seguridad Social?
Saludos,
Andrés Muñoz.
- Andrés Muñoz
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- Registrado: 21/02/2018 17:31
Re: Alta Seg. Social como autónomo...
No, al asesoramiento. Este, si asi se puede llamar, informamos en el Foro unas veces gratis y otras sin pagar. Y dando facilidades, como ya he dicho....Andrés Muñoz escribió:Hola Datakon,
¿Te refieres al alta en la Seguridad Social?
Saludos,
Andrés Muñoz.
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
* No estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo. (El otro, Voltaire).- Eso si, siempre con respeto...
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- DATAKON
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Re: Alta Seg. Social como autónomo...
DATAKON escribió:No, al asesoramiento. Este, si asi se puede llamar, informamos en el Foro unas veces gratis y otras sin pagar. Y dando facilidades, como ya he dicho....Andrés Muñoz escribió:Hola Datakon,
¿Te refieres al alta en la Seguridad Social?
Saludos,
Andrés Muñoz.
El primer asesoramiento es totalmente gratuito, pero los sucesivos si se tendría que pagar.
Saludos,
Andrés Muñoz.
- Andrés Muñoz
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Re: Alta Seg. Social como autónomo...
Luego, tu ofrecimiento, es totalmente interesao económicamente, ¿no?.....Porque, ¿de qué serviría a cualquier sujeto un asesoramiento "de entrada" (como reclamo publicitario) sin la correspondiente y posterior gestión de pago, con sus respectivos asesoramiento a que hubiera lugar?... No está mal...
En una palabra, estás llevando a cabo una publicidad gratuita, ¿estoy en lo cierto?...
En una palabra, estás llevando a cabo una publicidad gratuita, ¿estoy en lo cierto?...
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
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- DATAKON
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