Fiscalidad: IVA intracomunitario

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IVA intracomunitario

Notapor airun » 16/04/2019 11:29

Buenos dias,
Me planteo la siguiente duda:
Si una S.l española adquiere servicios de restauracion y alojamiento en otro paises de la UE, que luego revende a sus clientes -actividad organizacion eventos (que pueden estar o no en España).

Estos servicios, por las reglas de localizacion, nos vienen facturados con el tipo de IVA que corresponde al pais emisor. Como no hay que autosoportar-repercutir IVA, entiendo que tampoco hay que informarlos en el 349, no?
Luego, ¿en qué modelos habria que declararlos?

Muchas gracias
airun
 
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Re: IVA intracomunitario

Notapor airun » 16/04/2019 12:19

Buenas
He conseguido hablar con hacienda y me indican que no hay que informarlo en el 349, ni en el 303 y que solo en el caso que dichas operaciones superaran los 3000€, habria que incluirlas en el 347

POr si alguien mas puede interesar
Saludos,
airun
 
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Re: IVA intracomunitario

Notapor PatrimonioBruto » 17/04/2019 09:05

airun escribió:Estos servicios, por las reglas de localizacion, nos vienen facturados con el tipo de IVA que corresponde al pais emisor.


Más bien se correspondería a prestaciones de servicios relacionados con inmuebles que es una de las reglas especiales de localización del IVA y de muchos otros impuestos.
- Cariño ¡¡dime algo con amor!!
- Mmmm.... ¡amortización!
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PatrimonioBruto
 
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