Buenas tardes,
Tengo una duda en cuanto a la aplicacion del tipo del 15% en el siguiente caso:
Una persona fisica dada de alta en la actividad PROFESIONAL 854 "expertos organiz congresos", constituye una S.L.U (socia y administradora) y se da de alta en la actividad EMPRESARIAL 849 "Servicios organizacion congresos"
Según el artículo 29.1 de la Ley 27/2014 de 27 de noviembre (LIS), se establece que las entidades de nueva creación que realicen actividades económicas tributarán, en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente, al tipo del 15%.
No se entenderá que se inicia una actividad económica:
Cuando la actividad hubiera sido realizada con carácter previo por otras personas o entidades vinculadas y transmitidas a la entidad de nueva creación.
Cuando la actividad económica hubiera sido ejercida, durante el año anterior a la constitución de la entidad, por una persona física que ostente una participación, directa o indirecta, en el capital o en los fondos propios de la entidad de nueva creación superior al 50%.
Luego, considerando que el epigrafe es distinto (conceptualmente es lo mismo) ¿queda alguna esperanza de poder acogerse a este tipo del 15%?
Que pensais?
Muchas gracias
Fiscalidad: tipo reducido sociedades
Moderador: Fiscalidad
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Re: tipo reducido sociedades
Buenas tardes Airun,
Ya te lo dice el mismo artículo 29.1 LIS.
No se puede considerar Empresa de nueva creación ya que la persona que ostenta el control de esa compañia ejercía la misma actividad el año anterior.
Saludos
Ya te lo dice el mismo artículo 29.1 LIS.
No se puede considerar Empresa de nueva creación ya que la persona que ostenta el control de esa compañia ejercía la misma actividad el año anterior.
Saludos
- Roberconta
- Posts: 88
- Registrado: 30/01/2019 14:25
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Re: tipo reducido sociedades
Creo que ella hace relación a que en el IAE estaba en un epígrafe y ahora en la slu tiene un CNAE diferente....distinta actividad?
al ser una slu tiene el 100 de la nueva, pero la actividad económica estricta es la misma?
yo creo que la cuestión es que la actividad... hubiera sido realizada con carácter previo por otras personas o entidades vinculadas y transmitidas a la entidad de nueva creación.
Cuando dice transmitidas entiendo implicitamente la transmisión de medios e intangibles como el know how y en este sentido se podría entender que ha supuesto la ordenación de medios de la antigua a la nueva aún en intangibles..
es una buena pregunta
al ser una slu tiene el 100 de la nueva, pero la actividad económica estricta es la misma?
yo creo que la cuestión es que la actividad... hubiera sido realizada con carácter previo por otras personas o entidades vinculadas y transmitidas a la entidad de nueva creación.
Cuando dice transmitidas entiendo implicitamente la transmisión de medios e intangibles como el know how y en este sentido se podría entender que ha supuesto la ordenación de medios de la antigua a la nueva aún en intangibles..
es una buena pregunta
..el primer paso no te lleva donde quieres, pero te saca de donde estás..
- Rubendlaino
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- Registrado: 23/01/2019 12:08
Re: tipo reducido sociedades
donde dije CNAE quería decir epígrafe
ahora en la slu está en un epígrafe diferente
sorry
ahora en la slu está en un epígrafe diferente
sorry
..el primer paso no te lleva donde quieres, pero te saca de donde estás..
- Rubendlaino
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Re: tipo reducido sociedades
Sí,claro, la duda se presenta en cuanto a la ACTIVIDAD, concretamente a si el epigrafe del IAE (el numero clasificatorio) sería determinante o lo es sólo a nivel conceptual.
Y para rizar mas el rizo, si ademas de la actividad que ya venia ejerciendo como autonoma (activada en la S.L.con distinto epigrafe IAE), al constituir la S.L añade otra actividad nueva (otro epigrafe totalmente distinto) que NO habia ejercido antes ... se podria aceptar la aplicación de este beneficio fiscal del tipo impositivo del 15?
A ver, yo lo veo un poco justo, ya que la actividad principal, en su fondo sigue siendo la misma, pero me quedaba agarrarme a que tal vez no se mire el fondo si no la forma ¿?
Que pensais?
Y para rizar mas el rizo, si ademas de la actividad que ya venia ejerciendo como autonoma (activada en la S.L.con distinto epigrafe IAE), al constituir la S.L añade otra actividad nueva (otro epigrafe totalmente distinto) que NO habia ejercido antes ... se podria aceptar la aplicación de este beneficio fiscal del tipo impositivo del 15?
A ver, yo lo veo un poco justo, ya que la actividad principal, en su fondo sigue siendo la misma, pero me quedaba agarrarme a que tal vez no se mire el fondo si no la forma ¿?
Que pensais?
- airun
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- Registrado: 12/02/2008 21:26
Re: tipo reducido sociedades
Creo que lo que la Aeat analizará, en su caso, es si al margen del epígrafe realizará las mismas actividades, tendrá los mismos clientes y ese tipo de detalles.
- Kuki
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- Registrado: 03/08/2013 18:50
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