Contabilidad España: Duda elemental reconocimiento ingresos/gastos

Registro contable de las operaciones económicas de la empresa

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Duda elemental reconocimiento ingresos/gastos

Notapor mat7 » 29/11/2018 21:19

Hola a todos.

Antes de nada gracias por la ayuda y disculpas por lo elemental de la consulta, pero no he podido encontrar información seguramente por mi falta de conocimientos.

Un asiento normal de ventas sería el siguiente:

(430) a (700)
(477)
----------------
(572) a (430)

En este caso primero reconocemos un activo (derecho sobre clientes) y el ingreso (independiente del cobro), y posteriomente este último.

Mi pregunta es la siguiente, ¿es correcto un asiento del tipo,

(621) a (572)
(472)

es decir, utilizando directamente la contrapartida de Bancos y sin usar cuentas de activo/pasivo?
¿Alguien podría por favor aclararme en que casos puede contabilizarse de esta forma?

En el primer ejemplo se cumple el principio de devengo y se registran el activo e ingreso independientemente del cobro, ¿es esa la única razón? ¿por qué no es así en el segundo caso?

Y por último, ¿podría emplearse esta forma de contabilizar para la adquisición de un activo, por ejemplo, una furgoneta que pagamos al contado, (al debe) y bancos al haber?

Muchas gracias.
mat7
 
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Re: Duda elemental reconocimiento ingresos/gastos

Notapor edujuconta » 29/11/2018 22:00

El segundo asiento es el típico de operaciones al contado.
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Re: Duda elemental reconocimiento ingresos/gastos

Notapor MGA » 29/11/2018 22:50

En el primer asiento lo que creas en un Derecho de Cobro sobre el Cliente (430 ) ACTIVO , un Ingreso a la Cta de Resultados (700 ) y una Deuda a la AEAT por el Iva PASIVO (477) (que por cierto lo has puesto en el DEBE, quizá sea un error.....

Pero si la Venta es al Contado y cobras en el acto utilizas otra cta de ACTIVO ya que la 572 también es de Activo.
Lo que ocurre es que luego con el Iva se crea un añadido "el 347" y los programas a veces controlan la contrapartida del Iva para el informe del 347 y otros lo sacan exclusivamente de la 430 o 400 en el caso de las compras. Por eso hay personas que hacen en el caso de una compra al contado este asiento:

121 Cliente A (430XXX)……………………………...a...…………………………….(700) Ventas 100
-------------------------------------------------------a...………………………(477) Iva Repercutido 21
_______________________________________________________________________________
Y a continuación este por el pago que es simultáneo a la venta
121 Banco cta cte (572)…………………………...a...…………………..(430XXX) Cliente A 121
_______________________________________________________________________________
Lo mismo ocurre en las Compras
Entonces hay que definir como actuar y yo por ejemplo considero que si el cobro o pago no se produce simultáneamente con la venta o compra utilizo las ctas de Clientes (430) y Proveedores o Acreedores (400) y (410)
Aunque el cobro y el pago se produzca al día siguiente de la factura.
Así me lo enseñaron y así lo asumí.
En cuanto a la compra de una furgoneta si la compras hoy 29/11 y le haces una transferencia en el acto (Pc, Móvil ) yo lo contabilizaría como

XXXXXX Elementos de Transporte (218)…………… a...……..(572) Banco cta cte XXXXXXX
XXXXXX Iva Soportado (472)………………………………._______________________________________

Manolo
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Re: Duda elemental reconocimiento ingresos/gastos

Notapor mat7 » 29/11/2018 23:04

Muchas gracias. Es cierto, error gravísimo, IVA repercutido al debe :cry:
Última edición por mat7 el 29/11/2018 23:12, editado 2 veces en total
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Re: Duda elemental reconocimiento ingresos/gastos

Notapor MGA » 29/11/2018 23:11

No, simplemente era porque estaba a la izquierda como si fuera en el Debe. ¿ Como no lo vas a saber ?.... , lo que ocurre es que a veces se escribe y no salen las cosas como las piensas, hay sangrías y tabulaciones que a veces no están.

Manolo
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Re: Duda elemental reconocimiento ingresos/gastos

Notapor mat7 » 29/11/2018 23:13

Es cierto Manolo, acabo de volverlo a hacer y al poner solo espacios y no puntos, al enviar el mensaje lo mueve a la izquierda. Que alivio... Mil gracias compañero.
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