Hola
Hay un trabajador que llega tarde al trabajo y no hace las horas que le corresponden. Se le pueden descontar de nómina? como se hace?
Gracias
Laboral y Seguridad Social: como descontar horas?
Moderador: Laboral y Seguridad Social
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¿teneis reglamento interno de la empresa, aprobado por empresa y sindicatos?
En espera a tu respuesta, creo que lo único que puedes hacer es apercibirle ya que se considera que hay una falta de asistencia cuando el trabajador no acude al puesto de trabajo (incluso aunque se encuentre en el centro de trabajo), durante toda o parte de la jornada.
Por impuntualidad se considera tanto llegar tarde al puesto de trabajo como salir antes. Para saber cuántas faltas de asistencia o puntualidad son suficientes para conducir a la extinción del contrato de trabajo, habrá de estarse a lo que regule al respecto el convenio colectivo aplicable.
Espero que te sirva
En espera a tu respuesta, creo que lo único que puedes hacer es apercibirle ya que se considera que hay una falta de asistencia cuando el trabajador no acude al puesto de trabajo (incluso aunque se encuentre en el centro de trabajo), durante toda o parte de la jornada.
Por impuntualidad se considera tanto llegar tarde al puesto de trabajo como salir antes. Para saber cuántas faltas de asistencia o puntualidad son suficientes para conducir a la extinción del contrato de trabajo, habrá de estarse a lo que regule al respecto el convenio colectivo aplicable.
Espero que te sirva
Si conocieras el poder del reverso tenebroso...
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Noyer - Posts: 110
- Registrado: 29/02/2008 13:56
- Ubicación: En el lado oscuro de la Fuerza
Ya hago yo referencia al Convenio aplicable, pero si tienen un reglamento "legal" este se basará en el Convenio, algunas veces hasta explicandolo mejor, de ahí mi respuesta.
Si conocieras el poder del reverso tenebroso...
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Noyer - Posts: 110
- Registrado: 29/02/2008 13:56
- Ubicación: En el lado oscuro de la Fuerza
Gracias
El convenio colectivo es el del comercio de Lleida y dice:
Falta grave:
La suma de faltas de puntualidad en la asistencia al trabajo cuando exceda de 60 minutos en 1 mes
Sancion: suspension de trabajo y sueldo de 3 a 15 dias.
La reincidencia de 3 faltas graves en 6 meses = falta muy grave.
El problema es que en la empresa hay mal rollo, solo son 2 trabajadores y el jefe. No hay maquina de fichar y si se le da un aviso de falta seguro que no lo quiere firmar.
Este trabajador no cumple y querrian echarlo
Que hariais vosotros...cada vez que llega tarde un aviso y como no quiere firmar que firme el compañero como testigo?
Hacer una hoja de horario de llegada y que firmen cada dia?
Cuando lleve varias faltas despido disciplinario?
Gracias
El convenio colectivo es el del comercio de Lleida y dice:
Falta grave:
La suma de faltas de puntualidad en la asistencia al trabajo cuando exceda de 60 minutos en 1 mes
Sancion: suspension de trabajo y sueldo de 3 a 15 dias.
La reincidencia de 3 faltas graves en 6 meses = falta muy grave.
El problema es que en la empresa hay mal rollo, solo son 2 trabajadores y el jefe. No hay maquina de fichar y si se le da un aviso de falta seguro que no lo quiere firmar.
Este trabajador no cumple y querrian echarlo
Que hariais vosotros...cada vez que llega tarde un aviso y como no quiere firmar que firme el compañero como testigo?
Hacer una hoja de horario de llegada y que firmen cada dia?
Cuando lleve varias faltas despido disciplinario?
Gracias
- Yetsi
- Posts: 51
- Registrado: 04/01/2008 10:54
Yetsi escribió:Gracias
El convenio colectivo es el del comercio de Lleida y dice:
Falta grave:
La suma de faltas de puntualidad en la asistencia al trabajo cuando exceda de 60 minutos en 1 mes
Sancion: suspension de trabajo y sueldo de 3 a 15 dias.
La reincidencia de 3 faltas graves en 6 meses = falta muy grave.
Lo mismo que explican las faltas como graves o muy graves tipificará cuantas faltas muy graves pueden dar lugar el despido disciplinario.
Yetsi escribió:El problema es que en la empresa hay mal rollo, solo son 2 trabajadores y el jefe. No hay maquina de fichar y si se le da un aviso de falta seguro que no lo quiere firmar.
Este trabajador no cumple y querrian echarlo
Que hariais vosotros...cada vez que llega tarde un aviso y como no quiere firmar que firme el compañero como testigo?
Hacer una hoja de horario de llegada y que firmen cada dia?
Esta última opción es viable, hacer una hoja de horario de llegada y salida, pero con el inconveniente de que tendría que haber alguien que "fiscalise" la hora exacta.
Si conocieras el poder del reverso tenebroso...
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Noyer - Posts: 110
- Registrado: 29/02/2008 13:56
- Ubicación: En el lado oscuro de la Fuerza
Yo lo que haría es comunicarle por escrito que según el convenio colectivo aplicable a la empresa las faltas reiterativas de puntalidad sin la existencia de un motivo aparente que lo justifique pueden conllevar a sanciones que van desde una suspensión de empleo y sueldo hasta el despido, pero en atencion a los servicios prestados se le impone como sanción la presente amonestación, apercibiendo que un futuro, de producirse cualquier otra falta o hechos como los acontecidos, no serán calificados con levedad.
Si no te lo quiere firmar él o testigos, se lo mandas por burofax.
Verás como te hace caso.
Si no te lo quiere firmar él o testigos, se lo mandas por burofax.
Verás como te hace caso.
- Africa
Con respecto a quitarselo de la nómina lo veo más complicado. En primer lugar porque no ha faltado un día completo (si hubiera sido así podrias descontardo como un permiso no retribuido). Y en segundo lugar porque tú no puedes aplicar una sanción consistente solo en reducción de sueldo, esta siempre debe ir acompadado de reducción de empleo.
- Africa
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