Buenas tardes,
Un autónomo que se encuentra de baja médica por enfermedad común encuadrado en la Seguridad Social (No en MUTUA).
Resulta que la baja se tramito el 10 de Junio por la Seguridad Social y en la sede electrónica se resolvió favorable.
No cobra desde el 05 de Julio y eso es lo que mosquea.
Se han enviado los partes de confirmación mediante el sistema de registro de la Prestación por incapacidad temporal (Pago directo).
Y la duda es: ¿Hay que enviar los partes de confirmación por otra vía? Me extraña que tenga parada la prestación, siendo el ultimo día que cobro el 05 de Julio. ¿Seguridad social paga de manera mensual?
Gracias!
Laboral y Seguridad Social: Partes de Confrimación - Autonomos
Moderador: Laboral y Seguridad Social
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