CONTRATACION EN UNA S.L.
Moderador: Moderadores Laboral
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CONTRATACION EN UNA S.L.
Hola, a ver, os consulto porque me han hecho esta pregunta y no estoy muy segura. Se trata de una S.L. en la que el dueño, que es el administrador unico, quiere contratar a su hermana y su sobrina. Si no estoy confundida en este momento, creo que no hay ningún problema, la duda es si en algún momento estas dos trabajadoras fueran al paro podrían o no acceder a la prestación por desempleo o por tener parentesco con el empresario no podrían. Con el tema de las bonificaciones tengo claro que no, pero con el desempleo, pues eso, que no estoy segura.
- MAJOGA
- Mensajes: 427
- Registrado: Mar, 24/11/2009 18:16
Re: CONTRATACION EN UNA S.L.
Como no son socias, entiendo que podrían tener derecho a paro, pero no estoy seguro.
Es cierto que hay una operación vinculada para otros temas, pero para el desempleo creo que no hay problema.
Saludos
Es cierto que hay una operación vinculada para otros temas, pero para el desempleo creo que no hay problema.
Saludos
- SIgNIFER
- Mensajes: 1715
- Registrado: Jue, 30/10/2008 14:34
Re: CONTRATACION EN UNA S.L.
SIgNIFER escribió:Como no son socias, entiendo que podrían tener derecho a paro, pero no estoy seguro.
Es cierto que hay una operación vinculada para otros temas, pero para el desempleo creo que no hay problema.
Saludos
Yo tambien creo lo mismo. Lo unico que pienso que puede pasar (por similitud al caso, me paso una vez con una chica que era hermana del dueño y la empresa era una C.B, que a la hora de pedir el paro le pidieron que aportara el documento de constitución de la C.B. para comprobar que no era socia comunera, y por otro caso de otra chica que su primer apellido coincidia con el del gerente, no se si era prima o mera casualidad, que le pidieron la escritura de constitucion de la S.L. y a la cuñada del dueño tambien) que a la hora de solicitar la prestacion le pidan la escritura de la S.L., pero por lo demas, pienso como tu. No obstante, como tengo este mes por delante y en estas cosas mejor no pillarse los dedos, lo confirmare con el INEM.
Muchas gracias
- MAJOGA
- Mensajes: 427
- Registrado: Mar, 24/11/2009 18:16
Re: CONTRATACION EN UNA S.L.
Hola:
Si sois parientes pero estais empadronados en sitios diferentes no tiene porqué haber ningún problema. Mas que nada por la hermana.
Yo estuve trabajando en una S.L. cuyos socios son mi padre y mi hermano, mi hermano tiene domicilio distinto al nuestro, pero mi padre y yo vivimos bajo el mismo techo aunque yo estoy contratada como trabajadora, pago a la seguridad social todos los meses, cobro mi nomina, pero ahora la empresa ha decidido "despedirme", estamos en una epoca mal.
Fui al paro a apuntarme para cobrar la prestación por desempleo y al cabo de unos dias me la denegaron.
Ahora estamos con la gestoria tramitando la documentación para poder obtener prestación, aunque la verdad lo veo muy chungo. Esto lo tenía que saber la gestoria cuando me contrató en la empresa de mi hermano y mi padre.
Por eso antes de nada informaros bien.
Un saludo y suerte.
Espero que no os pase lo que me ha pasado a mi, desde diciembre que no cobro nada.
Si sois parientes pero estais empadronados en sitios diferentes no tiene porqué haber ningún problema. Mas que nada por la hermana.
Yo estuve trabajando en una S.L. cuyos socios son mi padre y mi hermano, mi hermano tiene domicilio distinto al nuestro, pero mi padre y yo vivimos bajo el mismo techo aunque yo estoy contratada como trabajadora, pago a la seguridad social todos los meses, cobro mi nomina, pero ahora la empresa ha decidido "despedirme", estamos en una epoca mal.
Fui al paro a apuntarme para cobrar la prestación por desempleo y al cabo de unos dias me la denegaron.
Ahora estamos con la gestoria tramitando la documentación para poder obtener prestación, aunque la verdad lo veo muy chungo. Esto lo tenía que saber la gestoria cuando me contrató en la empresa de mi hermano y mi padre.
Por eso antes de nada informaros bien.
Un saludo y suerte.
Espero que no os pase lo que me ha pasado a mi, desde diciembre que no cobro nada.
- yolanda
- Mensajes: 139
- Registrado: Mié, 15/11/2006 19:26
Re: CONTRATACION EN UNA S.L.
No, en el caso de mis clientes no habra ese problema, lo unico que en el momento de solicitar prestacion, si llega el caso, seguro que les pediran la escritura de constitucion de la SL para verificar que no son socios de la misma ni nada de eso, Lo unico que pregunte porque hacia tiempo que no contrataba a nadie en ese plan y queria comprobar que seguia todo igual.
Un saludo
Un saludo
- MAJOGA
- Mensajes: 427
- Registrado: Mar, 24/11/2009 18:16
Re: CONTRATACION EN UNA S.L.
Hola, el artículo 7.2 de la Ley General de la Seguridad Social, establece que
"no tendrán la consideración de trabajadores por cuenta ajena, salvo prueba en
contrario, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes
del empresario, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive
y, en su caso, por adopción, ocupados en su centro de trabajo,cuando convivan
en su hogar y estén a su cargo".
Admitida, por tanto, la prueba en contrario, el titular del negocio podrá
probar que se reúnen los requisitos exigidos para la inclusión del familiar
como trabajador por cuenta ajena en el campo de aplicación del Régimen
General de la Seguridad Social y para ello, además de la documentación exigida con
carácter general, se acompañará ,en el momento de cursar el alta ,una
declaración del propio empresario y del trabajador familiar en la que se
haga constar la condición de éste como trabajador por cuenta ajena en la
actividad que de lugar al encuadramiento en el Régimen General, su categoría profesional, puesto de trabajo, forma y cuantía de la retribución, centro de trabajo, horario del mismo y cuantos otros datos o circunstancias resulten precisos para determinar la existencia de relación laboral. La Tesorería General de la Seguridad Social podrá, en relación con ello, solicitar informe a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, pudiendo, a la vista de dicho
informe determinar en que régimen procede el encuadramiento del trabajador que en el supuesto de que se compruebe la inexistencia de relación laboral, al no concurrir el requisito de ajenidad, sería en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, como colaborador, siempre que se reúnan los demás requisitos establecidos en las normas reguladoras del mismo.
En resumen, entiendo que si es familiar y convive en el mismo domicilio, no podrás darlas de alta en el Régimen General, sí como autónomas colaboradoras que tendrán su nómina pero no cotizaran a la s.social, tampoco podrán cobrar el desempleo cuando vivan en el mismo domicilio del contratante.
Saludos.
"no tendrán la consideración de trabajadores por cuenta ajena, salvo prueba en
contrario, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes
del empresario, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive
y, en su caso, por adopción, ocupados en su centro de trabajo,cuando convivan
en su hogar y estén a su cargo".
Admitida, por tanto, la prueba en contrario, el titular del negocio podrá
probar que se reúnen los requisitos exigidos para la inclusión del familiar
como trabajador por cuenta ajena en el campo de aplicación del Régimen
General de la Seguridad Social y para ello, además de la documentación exigida con
carácter general, se acompañará ,en el momento de cursar el alta ,una
declaración del propio empresario y del trabajador familiar en la que se
haga constar la condición de éste como trabajador por cuenta ajena en la
actividad que de lugar al encuadramiento en el Régimen General, su categoría profesional, puesto de trabajo, forma y cuantía de la retribución, centro de trabajo, horario del mismo y cuantos otros datos o circunstancias resulten precisos para determinar la existencia de relación laboral. La Tesorería General de la Seguridad Social podrá, en relación con ello, solicitar informe a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, pudiendo, a la vista de dicho
informe determinar en que régimen procede el encuadramiento del trabajador que en el supuesto de que se compruebe la inexistencia de relación laboral, al no concurrir el requisito de ajenidad, sería en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, como colaborador, siempre que se reúnan los demás requisitos establecidos en las normas reguladoras del mismo.
En resumen, entiendo que si es familiar y convive en el mismo domicilio, no podrás darlas de alta en el Régimen General, sí como autónomas colaboradoras que tendrán su nómina pero no cotizaran a la s.social, tampoco podrán cobrar el desempleo cuando vivan en el mismo domicilio del contratante.
Saludos.
- chaves
- Mensajes: 47
- Registrado: Sab, 09/01/2010 11:14
Re: CONTRATACION EN UNA S.L.
esto es así cuando es un empresario individual y tiene familiares. Aquí estamos ante un empresario societario. las sociedades no tienen familiares, tienen socios. Esta contemplado que no todos los socios puedes trabajar para la sociedad en régimen general, porque dependiendo de la participación social no existe ajenidad ciertamente ya que pueden controlar la gestión social.
Ahora, que no pueda tener derecho a paro el familiar, no socio, de un socio de una sociedad ya es otra cuestión.
Saludos
Ahora, que no pueda tener derecho a paro el familiar, no socio, de un socio de una sociedad ya es otra cuestión.
Saludos
- SIgNIFER
- Mensajes: 1715
- Registrado: Jue, 30/10/2008 14:34
Re: CONTRATACION EN UNA S.L.
chaves escribió:En resumen, entiendo que si es familiar y convive en el mismo domicilio, no podrás darlas de alta en el Régimen General, sí como autónomas colaboradoras que tendrán su nómina pero no cotizaran a la s.social, tampoco podrán cobrar el desempleo cuando vivan en el mismo domicilio del contratante.
Saludos.
Pero si estoy diciendo todo el rato QUE NO CONVIVEN JUNTOS.....ES UNA HERMANA DEL ADMINISTRADOR UNICO QUE TIENE POR LO MENOS 50 AÑOS Y LA HIJA DE ESTA.......NO CONVIVEN.
- MAJOGA
- Mensajes: 427
- Registrado: Mar, 24/11/2009 18:16
Re: CONTRATACION EN UNA S.L.
Perdona MAJOGA, no te pongas así, pero lo de QUE NO CONVIVEN JUNTOS.....NO LO HE LEIDO POR NINGUNA PARTE, si es así supongo que podrán cobrarlo.
- chaves
- Mensajes: 47
- Registrado: Sab, 09/01/2010 11:14
Re: CONTRATACION EN UNA S.L.
Bueno, tampoco hace falta que te disculpes, tan poco es algo grave. Bien, no lo puse con esas mismas palabras, pero cuando Yolanda comento lo del empadronamiento en el mismo domicilio yo le conteste que no era el problema de "mi" empresario y su familia. En cualquier caso, gracias por tu aportacion
Un saludo
Un saludo
- MAJOGA
- Mensajes: 427
- Registrado: Mar, 24/11/2009 18:16
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