Legal: Plusvalia Municipal

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Plusvalia Municipal

Notapor guisado » 30/05/2017 00:25

Buenas noches, me gustaría hacer unas preguntas acerca del calculo de un IVTNU.

Matrimonio casado con tres hijos, fallece el padre con testamento. En la sociedad de gananciales tenían:

- 50% de una casa (el otro 50% era de un hijo).
- Mitad del usufructo de la casa comprado al hijo en vida.

A la hora de calcular el Impuesto municipal, lo estoy calculando asi:

1. Sobre la mitad de la casa prpiedad de la sociedad de gananciales:
- Cónyuge: Usufructo del 25% del valor del suelo, calculo el impuesto.
- Hijos: El resto del 25% menos usufructo.

2. Sobre la mitad del usufructo que los conyuges compraron en vida al hijo (14,50%)
- Cónyuge: Sobre la mitad del usufructo (7,25%) calculo el valor del suelo y el IVTM.
- Hijos: El resto de 7,25% menos usufructo, calculo valor del suelo y el impuesto.

Todos pagan plusvalía... ¿o el hijo que tenía el 50% en propiedad y luego vende el usufructo de esa mitad a los padres tiene algún derecho que no pague impuesto.....?

Me estoy liando con tanto % y no sé si lo voy a hacer bien...

¿Podeis echarme un cable? estaría agradecida... :beso:
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Re: Plusvalia Municipal

Notapor edujuconta » 30/05/2017 10:21

Creo que deberías expresar con claridad matemática los porcentajes para no liarnos. Si dices que sobre la mitad de la casa, el cónyuge el 25%, parece que sea el 12,5% del total, pero no queda claro.
Supongo que los porcentajes que indicas se han obtenido de lo dispuesto en el testamento, ¿no? Lo digo porque la legítima del cónyuge, por ley, es el usufructo de 1/3 de la herencia.
En cuanto a las bonificaciones, del hijo y/o cónyuge, habrá que ver lo que dice la ordenanza muncipal.
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Re: Plusvalia Municipal

Notapor guisado » 30/05/2017 12:28

Buenos días,

Había testamento donde se deja el usufructo a la madre y el resto a los hijos y vuelvo a indicar con mas claridad lo que tenía el padre en propiedad:

- 25% de una vivienda (el otro 25% es del cónyuge superviviente).
- Mitad de la mitad de un usufructo que le vendió en vida la hija que es a su vez propietaria del 50% de la casa.

¿Podrías echarme un cable?

Espero haberme expresado mejor.

Un saludo.
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Re: Plusvalia Municipal

Notapor edujuconta » 30/05/2017 18:09

¿En el testamento se deja a la madre (la cónyuge) el usufructo del 100x100 de la herencia?
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Re: Plusvalia Municipal

Notapor guisado » 30/05/2017 18:28

Gracias por responder.

En el testamento este señor lega a su cónyuge el usufructo universal de todos sus bienes y derechos y a sus hijos la nuda propiedad.

El matrimonio (propietarios al 50% de la casa) compra a la hija en vida la mitad del usufructo del 50% de esta también propietaria, esto en vida.

Ahora el padre fallece (la madre no),

He estado investigando y se entiende que al haberse vendido el usufructo y tributado en su día por ITP, esto no forma parte de la herencia, sino que, tributará cuando se consolide el dominio otra vez en el que era primer propietario (la hija) tributará por ITP mediante modelo 600. Y no sé ahora si por la mitad del usufructo que el padre tenía tengo que presentar este modelo o esperar a que la madre muera y consolidar el dominio en su totalidad.

No sé la verdad si me he explicado bien y no sé el fin de estas operaciones que hace la gente, será que llevo todo el día con esto y ya no veo nada...
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Re: Plusvalia Municipal

Notapor edujuconta » 30/05/2017 18:59

A efectos de la plusvalía municipal:
- la cónyuge (viuda) tributa por el 25% de pleno dominio y el 25% del usufructo.
- Los hijos tributas por el 25% de la nuda propiedad (pleno dominio - usufructo).

- Hay un 25% del pleno dominio y un 25% del usufructo que pasa a la cónyuge (viuda), sin tributar, por liquidación de gananciales.

P.D. Podría haber alguna exención parcial si la compra del usufructo en vida se hizo con una diferencia de menos de un año con el fallecimiento. Las transmisiones de menos de un año, creo que no tributan.
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Re: Plusvalia Municipal

Notapor guisado » 30/05/2017 19:16

Te digo lo que me dicen en el teléfono de información de la Junta de Andalucía:

- Respecto al ISD.

El padre tenía un % de usufructo que le vendío la hija propietaria de la mita de la casa y la madre otro % y que como esto se hizo en vida (una venta onerosa ante notario) y tributó por ITPAJD y además pagó plusvalía, no se incorpora al caudal hereditario del ISD, está excluido al no haberse recibido por herencia (o en términos jurídicos no haberse consolidado el dominio por herencia, sino por transmisiones onerosas)
Que cuando se extinga por el usufructo y se consolide el dominio en el propietario primero (la hija) que vendío, se liquidará de nuevo ITP. Yo ante esto entiendo que se acaba de consolidar el dominio de nuevo en el propietario por la muerte del padre, no de la madre, por lo que, deberé presentar un modelo 600 pagando el ITP de esta parte que se consolida...?????

- Respecto a Plusvalía.

Solo se paga plusvalía por aquello de lo que eres pleno propietario, en este caso el padre era propietario del piso en el 25% solamente y usufructuario con la madre de un % vendido por la hija. Con lo cual, solo pagaré plusvalía por el 25% transmitido por el padre.

¿Qué opinas?

Gracias de verdad por toda la ayuda. :roll:
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Re: Plusvalia Municipal

Notapor edujuconta » 30/05/2017 21:03

Respecto a lo primero, cuando hay transmisión por causa de muerte no se tributa por ITP sino por el I. de Sucesiones. El ITP es para transmisiones entre vivos.

Respecto a la plusvalía:
La normativa general establece que se paga también por la transmisión de cualquier derecho real. Pero ya te dije que habría que ver la ordenanza del ayuntamiento.
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Re: Plusvalia Municipal

Notapor guisado » 31/05/2017 11:35

Buenos días Edujuconta,

Respecto a lo primero en la administración me comentan lo contrario, que como la venta del usufructo se hizo de manera onerosa (mediante compraventa) y se pagó en su día el comprador el ITP y la plusvalía, ahora cuando el padre muere y se consolida el dominio del usufructo y vuelve a la hija que es la plena propietaria, nuevamente hay que presentar un modelo 600 donde el sujeto pasivo es la hija, liquidar por el valor que tenga ese usufructo que el padre compro.

En el caso que tu dices, ¿estas seguro de que es así? ¿Podrías decirme alguna normativa?

Lo que si tengo claro es que eso no lo tengo que incluir en la herencia como tal, porque es un usufructo y se extingue, no pasa como un bien más de la masa hereditaria.

Respecto a lo segundo, NO forma parte del hecho imponible del IVTNU la consolidación de un usufructo, por tanto, no hay que liquidar plusvalía por esto, solo por aquello de lo que eres pleno propietario.

Te estoy muy agradecida por tu tiempo... :beso:
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Re: Plusvalia Municipal

Notapor edujuconta » 31/05/2017 12:30

OK, no me había dado cuenta que ese usufructo había sido objeto de transmisión onerosa. Por tanto, la Administración tiene razón y hay que tributar por ITP en el modelo 600.
Y, por supuesto, no hay que incluirlo en la masa hereditaria a efectos del I. de Sucesiones.
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Re: Plusvalia Municipal

Notapor guisado » 31/05/2017 12:56

Así es edujuconta,

La verdad que yo no me dedico expresamente a hacer herencias como una loca ni ha hacer plusvalías ni nada de eso, como economista podría, pero lo dejó más para los notarios, abogados, etc... pero esta en concreto es de unos amigos y lo hago a coste cero y sinceramente, me ha resultado algo enrevesado el tema, pero bueno, tras moverme, informarte, con tu ayuda también, pues ya he aprendido como se trata esto.

Sin mas, agradecerte una vez más tu ayuda.

Un saludo compi!!!
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