Legal: IMPAGO COOPERATIVA

Registro mercantil, responsabilidad societaria, concurso acreedores ...

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IMPAGO COOPERATIVA

Notapor alberto41 » 24/05/2016 18:31

Hola, Buenas Tardes, muchas gracias ante todo.
Espero que alguien me pueda echar una mano, la cuestión es la siguiente:
Resulta que hace 4 años solicite la baja como socio en una cooperativa de viviendas. (Mi vivienda se vendió al día siguiente según una comercial).
Resulta que a día de hoy las viviendas están todas vendidas, y entregadas. Yo denuncié hace 3,5 años esta situación(ellos alegaban situación provisional de no liquidez), Salió hace 8 meses, sentencia favorable a mi, con costas e intereses. Y mis abogados han pedido la ejecución provisional de la sentencia, pero parece ser, que ya no hay bienes a nombre de la cooperativa, y las cuentas están a cero, al menos de momento.

Me encuentro en esta situación ahora mismo, desesperado como imaginais, y sin entender muy bien el porque de esta situación. Mi pregunta es, hablando con abogados dicen que, si esto se sigue dilatando y no llega a buen puerto se podría ir contra los administradores, o consejo rector de aquel momento.(con el consiguiente desembolso del que no dispongo)
¿Esta es la mejor solución?
¿de quien es la responsabilidad? porque el consejo rector(socios) decía que la promotora era la que hace y deshace y toma decisiones de devoluciones o no.
Agradezco cualquier respuesta, aunque sea una mera opinión, que me ayude a intentar desbloquear esta situación.
alberto41
 
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Re: IMPAGO COOPERATIVA

Notapor hansete » 20/09/2016 19:14

Como te han comentado tus abogados, las cooperativas responden con sus bienes y su capital social.

En caso de insolvencia, habría que derivar la responsabilidad contra el órgano rector de la misma, si se demuestra que estos no han actuado con la debida diligencia o incluso hubieran actuado con mala fé.

Con respecto a si era la constructora la obligada a los pagos, se me hace raro, ya que esta estaría contratada por la cooperativa. No obstante, es fácil saberlo, estudiando el contrato entre cooperativa y constructora.

Habla con tus abogados e intenta pactar un porcentaje de la suma a reclamar y un mínimo en caso de que no prospere la reclamación.

saludos
hansete
 
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Registrado: 20/09/2016 18:01

Re: IMPAGO COOPERATIVA

Notapor DATAKON » 20/09/2016 19:21

Ni está ni se le espera....Es de suponer que ya habrá salio de dudas. Aunque no sea lo que esperaba...

Si, suele ser normal que en las Cooperativas de Viviendas, la Constructora lleve la gestión administrativa y comercial de las viviendas. A veces son ellas mismas las que promueven el nacimiento de la propia Cooperativa, a fin de obtener los beneficios establecidos como tales. A su vez, suelen nombrar un Consejo Rector, dentro de los mismos cooperativistas, que como es lógico, son los mismos solicitantes de viviendas, por lo que es de suponer, que éstos, su responsabilidad se limite a las funciones propias como Consejo Rector, sin intervenir en la labor comercial que lo lleva directamente la Constructora. Las reuniones periódicas informativas y poco mas.

Otras veces es al revés. Se constituye La Cooperativa, nombra a un Consejo Rector, lleva a cabo un estudio de licitación de cualquier parcela objeto de subvenciones o tratamiento especial (conforme a unas bases ya establecias), arrejuntan unos pocos socios, y optan a concurso por la misma. Me refiero a VPO. Si sale adjudicada la Cooperativa, ésta suele buscar a la Constructora. Aunque bien es cierto, que ya podría estar pre-buscada. Esta a su vez, en la gran mayoría de los casos, es la que lleva a cabo el estudio preliminar de Viabilidad y Garantías que hay que presentar al concurso.

Por to ello, a mi juicio, quien parte el bacalao, de una forma u otra, es la Constructora. Muchas de ellas, ya especializadas en éste tipo de Cooperativas. El Consejo Rector no es mas que un grupito de futuros propietarios, impuesto por ley en las Cooperativas de cualquier tipo.

Por lo tanto, hay que "perseguir" a la Constructora y conocer su forma de actuación en éste caso. A veces, ante la demora de la entrega de las viviendas, es frecuente que algunos cooperativistas se den de baja. Se le entrega sus aportaciones, con alguna deducción por gastos de mantenimiento y administración de la Cooperativa, y lo mas chocante, es que inmediatamente la Cooperativa busca un nuevo propietario que, respetando el precio subvencionado, se las arreglan pa vender esa misma vivienda a un precio mu superior a las bases establecidas. Naturalmente en negro la diferencia.

Como mención especial toa promoción de viviendas en regimen de cooperativa, tiene la obligación de ser auditada, si sus miembros son superiores 50. Por lo que si cumple esta condición, seria interesante consultar tal Auditoria, que debería existir.

No es fácil la papeleta en éste caso. Hay que terminar en juicio. Se hace imprescindible ponerse en contacto con algún bufete de abogados, y si es experto en éstos temas, mejor que mejor.
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
* No estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo. (El otro, Voltaire)
.- Eso si, siempre con respeto...
DATAKON
 
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