Buenas tardes,
En primer lugar pongo en situación, unos amigos han creado una sociedad y me han pedido que les ayude con la contabilidad ya que tengo algunos conocimientos, pero hay excepciones que se me escapa. Ellos han creado la sociedad, pero tienen facturas del registro mercantil antes de realizar la aportación dineraria en concepto de capital social en el banco, por lo que me gustaría saber:
¿Cuándo realizo el asiento de apertura?
Si lo realizo el día de la factura del registro mercantil, en el capital social no habría desembolso alguno, y si lo realizo después, no podría contabilizar la factura del registro mercantil.
¿Cómo tendría que realizar dicho asiento en cada caso?
Gracias!
Un cordial saludo.
Contabilidad España: Asiento inicial
Moderador: Contabilidad
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